Ayudas asistenciales
Ayudas encaminadas a atender a situaciones de necesidad de los mutualistas de MUFACE y sus familiares
Dentro de la asistencia social que presta MUFACE, existen las ayudas asistenciales para atender estados y situaciones de necesidad en que puedan encontrarse los mutualistas y sus familiares o asimilados. Están regulados en los artículos 137 a 139 del Reglamento de Mutualismo Administrativo.
Son servicios y ayudas económicas destinadas a atender determinados estados o situaciones de necesidad, no cubiertos por otras prestaciones, siempre que se carezca de los recursos indispensables para hacer frente a los mismos.
Para su concesión tendrá que quedar acreditado que el interesado carece de recursos suficientes.
Respecto de las ayudas asistenciales, vamos a tratar las siguientes cuestiones:
- ¿Qué comprenden las ayudas asistenciales?
- Causantes y beneficiarios de la asistencia social
- Incompatibilidades de las ayudas asistenciales
- Cuantía
- Plazo de presentación
- Lugar de presentación
¿Qué comprenden las ayudas asistenciales?
Las ayudas existenciales comprenderán (art. 137.2):
- Las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo, cuando no estén cubiertos por la prestación de asistencia sanitaria.
- Las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos.
- Las debidas a gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificados.
- En general, cualesquiera otras análogas cuya percepción no haya sido regulada en las normas aplicables a este régimen especial
Causantes y beneficiarios de la asistencia social (art.138)
- Podrán causar derecho a las prestaciones reguladas en esta sección (sección 2ª del capítulo IX) siempre que reúnan las condiciones en cada supuesto exigidas, los mutualistas y sus familiares o asimilados relacionados en los artículos 15 y 16 de este reglamento, sin que sea en este caso imprescindible cumplir los requisitos señalados en dichos artículos.
- Podrán ser perceptores de las prestaciones a que se refiere esta sección, los mutualistas y los titulares de documento asimilado al de afiliación.
Incompatibilidades de las ayudas asistenciales
Las prestaciones por asistencia social otorgadas por la Mutualidad General serán incompatibles, al menos en el tramo de su cuantía que resulte coincidente, con otras prestaciones dispensadas o financiadas con fondos públicos, siempre que estén destinadas a la misma finalidad y exista coincidencia en cuanto a sujeto y hecho causantes.
Cuantía
Corresponde a las Comisiones Provinciales de MUFACE la definición de los criterios para la concesión de Ayudas Asistenciales, con sujeción: a las normas reguladoras de la prestación, a los parámetros de homogeneización establecidos por la Dirección General de MUFACE, previo informe del Consejo General, y a los créditos anualmente asignados.
Plazo de Presentación
Consulte el documento de Plazos de presentación de las solicitudes de Ayudas Asistenciales por insuficiencia de ingresos de las Comisiones Provinciales de MUFACE.
Para mayor información contacte con su Servicio Provincial.
Lugar de Presentación
Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También puede presentar a MUFACE esta solicitud a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado. Para ello debe disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor.
El resto de prestaciones sociales a las que tienen acceso los mutualistas de MUFACE son:
- Pago único por nacimiento
- Partes de baja y partes de maternidad
- Accidente en acto de servicio
- Ayudas para gafas
- Ayudas para estancias temporales en residencias asistidas y en centros de día y de noche
- Atención social a mayores y dependientes
- Ayudas para enfermos de cáncer
- Subsidio por riesgo durante el embarazo
- Servicios de podología
- Ayudas a drogodependientes
- Ayuda para la atención de enfermos psiquiátricos
- Ayudas de prolongación de efectos de ayudas anteriores
- Lesión permanente no invalidante
- Incapacidad
- Excedencia por cuidado de hijos
- Prestación por jubilación
- Ayuda de sepelio
- Incapacidad permanente por gran invalidez
- Subsidio por incapacidad temporal
- Ayudas sociales
- Riesgo durante la lactancia
- Jubilación
- Ayuda especial por parto múltiple
- Prestaciones familiares por hijo a cargo
- Subsidio por fallecimiento
- Ayudas para celiacos
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